¿Por qué el derecho del trabajo hoy?

Carla Zamora

10/16/20263 min read

Modern chairs with pink and grey fabric around small tables in a workspace
Modern chairs with pink and grey fabric around small tables in a workspace

Con asombro estamos experimentado el momento histórico en el que compartir nuestro conocimiento con herramientas tecnológicas es un asunto cada vez más cotidiano. Lo hacemos bajo la promesa de que, gracias a ese conocimiento, muchas de nuestras actividades y tareas podrán ser delegadas a esas herramientas haciendo más eficiente nuestro día a día. Los resultados de dicha promesa se muestran tangibles con mayor velocidad minuto a minuto.

En este contexto, de inmensa coyuntura a nivel social y económico, vale la pena preguntarnos, nuevamente, sobre cuál es la importancia del trabajo y del mercado laboral. En mi caso, tras estar ejerciendo por más de 15 años como asesora jurídica, surge una pregunta aún más específica ¿Por qué el derecho del trabajo? ¿Qué valor tiene frente a la situación actual?

Desde una perspectiva un poco romantizada pero no por eso menos real, el trabajo es la manifestación de nuestros intereses creativos y productivos, es uno de los muchos resultados de nuestra cognición e individualidad que podemos compartir con el mundo. Sin embargo, no deja de ser igualmente la herramienta indispensable para participar del sistema económico en el que estamos inmersos. Bien sea motivado por el deseo de expresión individual o por la necesidad de proveernos una vida digna, en esencia el trabajo no es otra cosa que un instrumento relacional, una actividad que requiere de otro (generalmente otros) para tener sentido.

Como mediador en las relaciones humanas, el derecho ha tenido como objetivo dar respuestas a las necesidades de organización social regulando las interacciones que los crecientes sistemas políticos y económicos requieren. Sin desconocer los límites que el derecho tiene frente a tal objetivo, resulta imposible imaginar sociedades sin la existencia del ordenamiento jurídico. Es innegable que las relaciones de trabajo, en tanto interacciones humanas que son, han requerido y se han beneficiado enormemente los lineamientos impuestos por el derecho. A lo largo de la historia, han sido las normas el principal método para mediar en las interacciones, indispensables y provechosas, pero no por ello menos tensas, del mercado de trabajo.

Al igual que ha ocurrido con muchas otras innovaciones, pero con una velocidad mucho más apremiante, el desarrollo de la inteligencia artificial nos obliga a preguntarnos hoy por el valor de nuestro trabajo y de cada una de las labores que lo integran. Cuestionar la necesidad del trabajo humano es una pregunta que evidentemente se refiere a los asuntos de eficiencia y productividad, al cómo de nuestro quehacer, pero que también implica indagarnos sobre el porqué de lo que hacemos, sobre la naturaleza relacional de nuestro trabajo.

Cuando la actividad laboral que antes nos pertenecía puede ser delegada en agentes artificiales de la manera en que ocurre hoy en día, ¿Hasta qué punto delegamos igualmente los intereses creativos y productivos que motivaron dicha labor inicialmente? ¿Cuáles son los impactos que la participación de tales agentes tiene en nuestra relación con el otro y con el sistema social y económico en su totalidad?

Se trata de interrogantes que se deben asumir con pensamiento crítico, por supuesto. Sin embargo, nuestra capacidad de adaptación frente a estas nuevas situaciones también podrá dar respuesta a tales cuestionamientos y otros similares. Adaptabilidad como habilidad que debemos entrenar a nivel individual para estar en capacidad de traducirla a las organizaciones, dotadas de la misma flexibilidad, apertura y resiliencia que aporten el conjunto de sus miembros. El derecho, que resulta de los paradigmas humanos que lo informan, requerirá igualmente de dicha adaptabilidad para atender los impactos en el mercado laboral y en las relaciones de trabajo.

Existen muchos asuntos jurídicos básicos, que analizamos desde hace décadas, a los cuales el derecho del trabajo todavía está en camino de dar respuesta. Al mismo tiempo, esta disciplina debe comenzar a abarcar las preguntas que surgen de las nuevas herramientas y formas laborales, que retan los paradigmas bajo los cuales entendíamos la necesidad y el valor del trabajo humano. Se exigirá entonces al derecho del trabajo y a quienes lo operamos un alto nivel de adaptabilidad frente a las nuevas tecnologías y a la creciente participación de agentes artificiales en las relaciones laborales, antes eminentemente humanas.

Nuestra labor como asesores jurídicos está tan vigente como siempre y, además, se encuentra sujeta a los mismos cambios de paradigma e impactos que todos los demás sectores, mientras en paralelo busca entender tales cambios y organizarlos de la manera más asertiva posible.

Información de contacto
+57 318 9877251
asesoriajuridica@carlazamora.co

Bogotá, Colombia

Redes sociales